A- de 2011
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Texas Petroleum Company Y/O Chevron Petroleum Company·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causal de nulidad
- No tiene incidencia en la fuerza vinculante y la obligatoriedad de los fallos de tutela proferidos por las salas de revisión
- Procedencia excepcional
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Sala Plena no puede establecer si sala de revisión acertó al momento de deducir un postulado interpretativo del texto constitucional
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso y cumplimiento de la carga argumentativa de quien la alega
- Denegar solicitud de nulidad de sentencia T-784/10
- Competencia de la Sala Plena
- Decisiones adoptadas tienen carácter obligatorio y vinculante
- Debe ser consistente con sus decisiones previas
- Guarda relación con el concepto de precedente
- Precedente constitucional que trata problemas jurídicos análogos con presupuestos fácticos idénticos
- Procedencia si los vicios que se invocan implican una afectación ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Reiteración de jurisprudencia sobre desconocimiento del precedente constitucional
- Reglas judiciales emanadas de la interpretación de norma superior para solución de un caso concreto
- Ejercen autonomía interpretativa y desarrollan argumentación jurídica racional
- Sentencia anterior y pertinente cuya ratio conduce a una regla determinante para resolver el caso dado un problema jurídico específico y semejante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Nulidad de la Sentencia T-784/10.
El peticionario sustenta la solicitud en el hecho de considerar que en la sentencia se desconoció el precedente establecido en materia de procedencia de las acciones de tutela y, en la vulneración del derecho al debido proceso, por cuanto se presentó un defecto sustantivo.
Luego de analizar si la solicitud de nulidad cumple con los requisitos formales de procedibilidad establecidos en la jurisprudencia constitucional se establece que ninguna de las causales invocadas prospera y se decide DENEGAR la solicitud impetrada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DENEGAR la nulidad de la sentencia T- 784 de 2010 proferida por la Sala Octava de Revision.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.